Victoria de Uber: Taxistas pierden batalla legal y Uber continúa operando en Colombia
La Corte Suprema confirmó la decisión del Tribunal de rechazar la demanda presentada por Taxis Libres, en la que solicitaban la expulsión de Uber de Colombia.
En un veredicto que marca un hito en la controversia entre taxistas y Uber, la Corte Suprema ha desestimado un recurso de casación presentado por los taxistas, ratificando la continuación de las operaciones de Uber en el país.
#SalaCivilAgrariaYRural determina que el plazo que Cotech tenía para demandar a @Uber por competencia desleal, está prescrito. La Corte advierte sobre los retos que los esquemas de economías colaborativas plantean para el derecho y para el mercado. Ver: https://t.co/t7dhyqOwIA pic.twitter.com/uck0VzpCdn
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) October 11, 2023
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural destacó que los modelos de economía colaborativa respaldados por plataformas tecnológicas para conectar usuarios con proveedores de servicios plantean desafíos significativos en términos de derechos laborales, impuestos y competencia justa.
La sentencia resalta que, según el artículo 333 de la Constitución, el Estado tiene la responsabilidad de intervenir para garantizar el bien común en la actividad económica y la iniciativa privada, entre otras obligaciones.
En el caso específico de la demanda presentada por Taxis Libres contra Uber B.V, Uber Technologies y Uber Colombia, la Corte determinó que no se han cometido actos de competencia desleal. La utilización de tecnologías, como la aplicación de Uber, se considera un avance tecnológico que no constituye un medio desleal para atraer clientes.
”No puede calificarse como medio desleal para desviar clientes, pues desconocería un derecho humano reconocido por múltiples instrumentos internacionales: gozar de los adelantos tecnológicos y el progreso de las ciencias”, expresa la decisión. En la sentencia, la Sala dejó claro que, «las características especiales de esta nueva forma de participación en el mercado, no se traducen en una forma de desregulación, porque el artículo 333 de la Constitución le impone al Estado el deber de intervenir para garantizar el bien común en la actividad económica y la iniciativa privada, entre otras obligaciones», señala la sentencia.